Pronunciamiento
En torno a la conformación de la Comisión Ad-hoc (Res. Rec. Nº 340-UNALM) referente a los sucesos que culminaron con la muerte del estudiante Manuel Martos en el campus de la UNALM y la violatoria de las autoridades al Reglamento General
El 12 de marzo falleció nuestro compañero Manuel Martos en el campus de la UNALM. Por la magnitud de los hechos tal evento conmocionó a casi toda la comunidad universitaria. Después de mucho tiempo los estudiantes organizados protestaron por los derechos que los ampara legítimamente la Constitución Política, el Estatuto y Reglamento General de la UNALM (RG), además por recordar que son los únicos en el Perú que pagan (los aportes "voluntarios") por un derecho público.
Ante la gravedad de la situación, la evidente negligencia y la crítica situación de la administración de los servicios que los estudiantes pagamos, por primera vez las autoridades se vieron en la obligación de firmar el Petitorio de Emergencia redactado por los representantes del Centro Federado de Zootecnia y la FEUA.
Sin embargo, conseguido ello se han venido dando situaciones que son necesarias denunciar luego de creada la Comisión Ad-hoc sobre el caso:
Violatorias de la Resolución Rectoral Nº 340-UNALM
1. La Comisión Ad-hoc no tiene carácter resolutivo sino que sólo "se encargará de efectuar las recomendaciones para una mejor respuesta y atención de los servicios asistenciales… y determinar las responsabilidades administrativas…"
Al respecto, consideramos que se debe conformar una Comisión de Procesos Disciplinarios (análoga a la que el Decreto Legislativo 276 mediante su reglamento 005-90-PCM menciona).
2. La Comisión no tiene fecha límite de informe y sólo dice que emitirá "los dictámenes y recomendaciones en el más breve plazo" cuestión que no sucedería si se aplicara la medida anterior ya que para estos casos el reglamento 005-90-PCM da plazo máximo de 30 días.
3.
El Reglamento Universitario claramente define que tanto la FEUA como los CCFFs son los "únicos representantes legítimos de los estudiantes" (artículo 401), sin embargo, en un hecho que a todas luces viola el Reglamento de la UNALM, el 18 de marzo el rectorado emitió la Resolución-Nº 340-UNALM que excluye de toda participación en la Comisión Ad-hoc a los únicos representantes legítimos de los estudiantes, los CCFFs y la FEUA (Debemos recordar que los miembros del Tercio Estudiantil ante el Consejo Universitario (TE-CU) son autoridades universitarias al nivel de un decano).
Lo que desconoce es que el TE-CU de hoy no es el de años anteriores, ahora se ha puesto a uno de nuestros más constantes compañeros.
El Rector Luís Maezono y la Secretaria General Marissa Valdivia son concientes de la exclusión gremial pero premeditadamente con la unidad de Asesoría Legal cometieron esta violación al Reglamento por la importancia estratégica de los gremios como agentes movilizadores de los estudiantes. Entienden que la movilización del 13 de marzo demostró que no somos los mismos ingenuos de antes.
4. Pero la resolución en cuestión no solo tiene esa violatoria. En ella el Rector prácticamente se autonombra representante de los trabajadores al incluir a una trabajadora administrativa (quien además, a lo mucho debería tener voz en la comisión), la señora Yolanda Condor Mori, como "Representante del Personal Administrativo" cuando el articulo 456 del RG nombra como únicos representantes de los trabajadores a la SUTUNA (Sindicato Unitario de los Trabajadores de la UNALM) quienes hasta el momento no han sido consultados sobre el tema. Pero ello, a pesar de violar la Constitución Política, tampoco le importó a las autoridades.
Sobre todos estos puntos los representantes del CCFF de Zootecnia y la FEUA solicitaremos un informe al CU sobre estas violatorias, pidiendo además se nos incluya en la comisión.
Sobre los responsables directos e indirectos
Así mismo, seguiremos con las investigaciones respectivas las cuales estarán a entera disposición de la comunidad. No pararemos hasta demostrar lo que ya hemos constatado: la directa responsabilidad del Centro Medico, y por ende de la OBUAE, pero, más que ello, la responsabilidad administrativa del jefe de la Oficina de Servicios Generales, el ingeniero Miguel Delgado quien sigue aplicando una política restrictiva a todos los servicios y derechos que los estudiantes tenemos; y la del mismo Rector Luís Maezono quien no sólo ya tenia conocimiento de todos estos hechos sino que recibió propuestas de profesores para reestructurar la oficina de OBUAE pero sin importarle más que el dinero en sus casi 24 años como autoridad sólo ha promovido una política de recorte de nuestros derechos fundamentales.
Las consecuencias se han hecho ver pero ello solo es la punta del iceberg…
Por ultimo entendemos que conformar la comisión en cuestión es una forma de evadir el cumplimiento de los artículos 459, 470, 471 y 472 del RG los cuales reconocen nuestro derecho a un seguro estudiantil que obligatoriamente sea aportado en una 50% por la Universidad. ¿Acaso se necesitan de comisiones para cumplir con el Reglamento? ¿Qué espera entonces las autoridades?
Es fácil deducir que si ello se hubiera cumplido tendríamos un seguro con una cuota de 120 soles que ya habría indemnizado a la familia de Manuel.
Centro Federado de Zootecnia y FEUA
Mantén viva la memoria de nuestros seres queridos: reenvía este mensaje y comenta el tema con tus compañeros…